sábado, 30 de janeiro de 2010

Garzón e Guantanamo

ELPAIS.com Edición impresa España Garzón investigará Guantánamo al no constar causas abiertas en EE UU
Se declara competente, en aplicación de los tratados, porque hubo un detenido español - Afirma que la reforma de la justicia universal no afecta al caso
MANUEL ALTOZANO - Madrid - 30/01/2010


El Gobierno de EE UU no ha contestado a Baltasar Garzón en siete meses sobre si existe alguna investigación abierta en ese país sobre "las supuestas torturas, malos tratos, tratos inhumanos y degradantes" sufridos por cuatro detenidos en la prisión ilegal de Guantánamo. Y como al juez de la Audiencia Nacional no le consta que se haya abierto un caso sobre estos delitos en ese país, ha decidido seguir adelante con su investigación. El magistrado se ha declarado competente para instruir sendas querellas presentadas por la Asociación Pro Dignidad de Presos y Presas de España y por la Asociación Libre de Abogados, Izquierda Unida y la Asociación pro Derechos Humanos de España por crímenes de guerra y genocidio contra los responsables de la prisión.

El juez recuerda que tres de las víctimas fueron procesadas en España
Garzón declara la competencia de los tribunales españoles a pesar de la reforma de la justicia universal aprobada por el Gobierno el 3 de noviembre, ya que uno de los prisioneros que fue víctima de esos presuntos delitos, Ahmed Abderraman Hamed, es ciudadano español. Respecto a los otros tres perjudicados, el marroquí residente en España Lahcen Ikasrrien, el palestino Jamiel Abdulatif Al Banna y el libio Omar Deghayes, el magistrado asegura que tienen "un vínculo de conexión relevante con España", como exige la nueva redacción de la ley, ya que fueron procesados por el propio Garzón "por delitos cometidos en España o relacionados con una investigación española".

El juez recuerda además los tratados de derechos humanos suscritos por España y que convierten a los tribunales españoles "en este momento" en los únicos competentes. "Lo contrario sería (...) optar por la impunidad", mantiene el magistrado, que recuerda que las nuevas disposiciones legales que restringen la justicia universal "siempre estarían subordinadas a lo que se establezca en esos tratados". También se refiere a cómo el Supremo absolvió a Abderraman denunciando las irregularidades de su detención -"sin cargos y sin garantías y, por tanto, sin control y sin límite"- en la base de Estados Unidos en Cuba.

Pero es que, además, según la interpretación que el magistrado da a la nueva regulación, los nuevos requisitos introducidos por el Gobierno para que un juez se declare competente en asuntos de jurisdicción universal -que el delincuente se encuentre en España, que existan víctimas de nacionalidad española o que conste algún vínculo de conexión relevante con España- no afectan a la fase de investigación de los delitos, sino a su "enjuiciamiento" posterior por el tribunal. Es decir, que esos requisitos deben ser valorados en el momento del juicio y no por el juez instructor, que sí puede seguir investigando.

La fiscalía de la Audiencia Nacional ha conseguido el archivo de varios casos de justicia universal aplicando esta nueva regulación, como el que se seguía contra el Gobierno chino por el genocidio del Tíbet. El juez Eloy Velasco rechazó investigar la expulsión de Aminetu Haidar por la nueva normativa a pesar de que encontró indicios de un delito de lesa humanidad.

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